¿Fin de las clases en línea? Esto dice la SEP:

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El pasado miércoles 3 de febrero el  DOF, en  el cual mediante el acuerdo 03/02/21 se establecen medidas extraordinarias para agilizar ante la SEP los trámites y procedimientos como las medidas sanitarias en escuelas.

En el documento se indica que el acuerdo salud, establece que la estrategia consiste en la reapertura de actividades de una manera gradual, ordenada y cauta, conforme al sistema de semáforo por regiones para actividades sociales, educativas y económicas, y que aprovechando los avances de la tecnología de la información y la comunicación y en consonancia con las medidas preventivas y de cuidado dictadas por la autoridad sanitaria para mitigar la dispersión y transmisión de COVID-19, en salvaguarda y beneficio del público usuario, he tenido a bien emitir lo siguiente:

Con la finalidad de continuar con la operatividad y secuela procesal de los trámites en que la normativa aplicable prevea la realización de alguna visita de verificación por parte de la Secretaría de Educación Pública, específicamente en aquellos procedimientos por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior, para acreditar las visitas de verificación a inmuebles en donde se prestarán servicios educativos, de forma extraordinaria, los interesados podrán presentar un instrumento notarial que contenga la fe de hechos, mediante el cual se certifique lo siguiente:

  • La recolección de evidencia fotográfica o digital del inmueble en la que se observen detalladamente las instalaciones e instalaciones especiales durante la visita del fedatario público al domicilio señalado para la prestación del servicio educativo, la cual deberá sustentar el estado en que se encuentran, según corresponda, dichas instalaciones.
  • La inserción en el instrumento notarial de la evidencia fotográfica o digital a color, clara y enfocada (con tomas abiertas y de interiores que incluyan personas, a modo de identificar percepciones de distancia) la totalidad del inmueble objeto de verificación que permita apreciar con suficiente claridad que las instalaciones e instalaciones especiales, incluyendo áreas comunes, de servicios y de circulación, acondicionadas y equipadas, son óptimas para su funcionamiento y, por ende, para la impartición del plan y programa de estudio objeto de solicitud de reconocimiento de validez oficial de estudios (RVOE).
  • La descripción del equipo con la que fue tomada la evidencia fotográfica o digital, nombre de la persona que la recabó, quien deberá corresponder al representante legal o apoderado legal acreditado, de tal forma que en el instrumento notarial se deje constancia de la existencia y congruencia con lo que manifieste en sus diversas documentales presentadas.

De igual forma el artículo refiere que el procedimiento que lo antecede solo resultará aplicable cuando el solicitante haya entregado la documentación que acredite:

  •  La ocupación legal del inmueble, en propiedad o posesión
  • Constancia de uso de suelo expedida por la autoridad competente, la cual deberá especificar que el inmueble está habilitado para la prestación de servicios educativos, señalando su vigencia
  • Constancia vigente de seguridad estructural expedida por la autoridad competente diversa a la educativa, con la que el solicitante acredite que el inmueble que ocupa el plantel cumple con las disposiciones aplicables,
  • Constancia vigente expedida por la autoridad competente diversa a la educativa, con la que el solicitante acredite que el inmueble que ocupa el plantel cumple con las disposiciones aplicables en materia de protección civil.

Mientras que en un artículo tercero detalla que el trámite de Reconocimiento de Saberes Adquiridos que se lleva a cabo ante la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, deberá realizarse a través del siguiente correo electrónico: [email protected], durante los días y horario hábiles que será de lunes a viernes, de las 9:00 a las 18:00 horas del día.

Desde el inicio del año se había informado sobre las medidas que deben tomar en cuenta las escuelas, con las que deben estar activas para poder ser supervisadas previo a un posible regreso a las aulas, por ello es bueno tener en cuenta estas medidas sanitarias.

 Claro es bueno aclarar que el volver a las aulas, implica el análisis previo de las autoridades en toda entidad con la revisión del semáforo epidemiológico.

Es un largo camino que recorrer en el análisis de la conclusión de las clases en línea, con el que estudiantes ya llevaran casi un año, y si bien es cierto aun no se tiene fecha tentativa para regresar a las aulas, en algunos estados como Campeche ya se analiza esta posibilidad, todo dependerá en los demás estados de la situación de contagios de COVID-19.

Información por LÍNEA DIRECTA