Este jueves, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la Ley de la Industria Eléctrica.
Para aprobar el proyecto de la magistrada Loretta Ortiz Ahlf solo se requerían los votos de cuatro de los 11 ministros del pleno para validar la constitucionalidad de la modificación legal, que es similar a la reforma constitucional que ahora discute la Cámara de Diputados.
A pesar de que hubo muchas objeciones a la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, no se alcanzaron los ocho votos necesarios para ser considerada inconstitucional en los apartados ya debatidos.
Tampoco prosperó la acción de inconstitucionalidad sobre la consideración de que modificar el orden de despacho vulneraba el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
El decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica del 2014 fue publicado en marzo de 2021 tras su aprobación en el Legislativo. La reforma elimina el criterio económico para despachar primero las plantas de la CFE, incluidas las de combustibles fósiles, sobre las privadas de renovables.
Además, revisa de forma retroactiva los contratos, cambia las reglas de los Certificados de Energías Limpias (CEL) para favorecer a plantas viejas de la CFE y contempla revocar permisos de autoabastecimiento obtenidos “en fraude a la ley”, entre otros puntos.
Tras varios posicionamientos en contra de la inconstitucionalidad de la reforma en marzo de 2021 de Ley de la Industria Eléctrica, llegó el posicionamiento a favor de Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y del presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar.
“La Constitución no habla de orden de despacho, costos marginales, contratos legados, ni subastas”, dijo Zaldívar. “Manifiesto mi conformidad con el sentido del proyecto”.
Con información de López-Dóriga Digital y EFE.